Me propongo a través de este medio (El Blog de Felix) expandir sobre la necesidad que tenemos de actualizar el documento más importante por el cual nuestra Asociación tiene que regirse. Este documento nos otorga el poder y el proceso para que en efecto 67 % de los propietarios enmendemos y otorguemos una nueva escritura conforme a nuestra actualidad pero no lo hemos hecho.
La presente escritura en su tiempo y para la obvia protección del desarrollador del proyecto sirvió con su propósito. En la actualidad esta misma escritura contiene una cláusula que es de particular preocupación para mi y que es la razón principal que nos motiva a emprender el otorgamiento de una nueva escritura que elimine esa cláusula y reemplace la existente escritura. La cláusula preocupante dice que el desarrollador tiene el poder unilateral y arbitrario de cambiar esta escritura en cualquier momento y hasta la entrega (venta) del último solar del proyecto. Todos sabemos que el desarrollador aun es dueño de por lo menos 2 solares que aun no ha vendido.
El reglamento de nuestra asociación al cual le hicimos algunas enmiendas en la pasada asamblea y el cual podemos enmendar rutinariamente es importante pero mas importante aun es la Escritura numero 67 – Escritura de Servidumbres de Equidad porque esta Escritura es parte de cada titulo traslativo de cada uno de los 72 solares que comprenden el proyecto según el plano de parcelación debidamente aprobado y el permiso otorgado por ARPE.
En la asamblea del 13 de junio de forma breve les hable de la idea de que la Asociación establezca un mecanismo de gravamen real por el cual la Asociación ha de obligar a los miembros de la Asociación a ser responsables con el pago de sus cuotas de mantenimiento. La Asociación necesita que todos los dueños paguen sus cuotas a tiempo para poder presupuestar y operar efectiva y adecuadamente para el beneficio de todos en conjunto. Los dueños responsables que pagan sus cuotas regularmente están en efecto subsidiando la operación de la Asociación de la cual los que no pagan se benefician. Esto no es justo y necesitamos una herramienta para obligar a que todos paguen sus cuotas a tiempo.
A continuacion les presento un borrador sobre las enmiendas que estoy proponiendo:
Enmendar NORMAS GENERALES
Cláusula Numero 18
La Asociación en su Asamblea Anual ofrecerá a la venta CERTIFICADOS DE DEUDAS de los solares que al finalizar el 31 de diciembre anterior a la fecha de la Asamblea Anual no hayan pagado su cuota de mantenimiento. Estos CERTIFICADOS DE DEUDAS estarán disponibles a cualquier otro propietario miembro de la Asociación que este al día en el pago de su propia cuota de mantenimiento. Aquellos CERTIFICADOS DE DEUDAS que no sean comprados por otros dueños serán retenidos por la Asociación hasta tanto sean vendidos a otros dueños o cancelados por el propietario del solar al que pertenecen.
